
Horario
Lunes a Viernes de 09:00 a 14:00 y de 15:30 a 18:30 Hrs.
Sábado de 09:00 a 14:00 Hrs.

¿QUÉ ES UNA NOTARÍA?
El Código Orgánico de Tribunales define a los notarios como ministros de fe pública encargados de autorizar, custodiar y expedir copias de los instrumentos otorgados ante su presencia, así como de practicar las demás diligencias que la ley les encomiende.
En virtud de dicha definición, los notarios actuamos como delegatarios de la fe pública conferida por el Estado. Por consiguiente, todo instrumento que requiera solemnidades especiales para gozar de eficacia jurídica o ser presentado como medio de prueba ante los tribunales de justicia debe ser otorgado ante este ministro de fe.
En consecuencia, nuestra labor abarca la formalización, custodia y certificación de los actos jurídicos, garantizando la certeza en el tráfico patrimonial y brindando seguridad a la ciudadanía.
Esta función jurídica y social, desempeñada por abogados de destacada trayectoria, contribuye decididamente a fortalecer la certeza y la seguridad jurídica. Dicha labor repercute directamente en el desarrollo económico, institucional y social del país, brindando garantías no solo a los ciudadanos, sino también a los inversionistas y extranjeros que llevan a cabo actividades de diversa índole en nuestro territorio. De este modo, ejercemos una función eminentemente preventiva, orientada a evitar litigios que demanden la intervención de los tribunales de justicia, reduciendo así los costos económicos, emocionales y sociales para las partes y la comunidad.

